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Los Vehículos Históricos no desaparecerán de Madrid

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Después de muchos rumores sobre como afectaría la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, OMS, Madrid 360, a nuestro colectivo de vehículos clásicos, Madrid ha aprobado parecerse a las capitales Europeas en este caso, y los vehículos históricos recibirán un tratamiento acorde al interés cultural que representan.

Había dudas sobre si seguiría el ejemplo de Barcelona y su área metropolitana, donde estos tienen vetada la entrada, o bien, se equipararía con la normativa vigente en otras capitales europeas, donde los vehículos históricos gozan de un trato especial.

Así pues, los puntos de la ordenanza madrileña, que la Federación Española de Vehículos históricos nos resume en el documento que podéis descargar aquí , establece los siguientes beneficios:

¿Cómo podrá mi clásico acceder a Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección Distrito Centro (antiguo Madrid Central)?

Lo único que necesita tu coche o motocicleta clásica es llevar la matrícula de vehículo histórico.

Sí, es obligatorio llevar la matrícula histórica por un motivo técnico, y es que las cámaras encargadas de controlar los accesos, no pueden discernir si el vehículo es histórico a través de la matrícula ordinaria, y aunque es completamente legal e indistinto circular con una u otra, a nivel operativo, será preciso que la matrícula sea distinta para que así las cámaras puedan discernir entre un vehículo normal y otro histórico.

¿Podré circular con mi vehículo con matrícula histórica?

Sí, podrán, salvo en aquellas situaciones en que se decreten restricciones excepcionales, que también afectarán a los vehículos sin matrícula histórica con distintivo ambiental. Encuentra aquí información de como matricular tu vehículo en histórico.

Matrícula histórica
Ejemplo de matrícula histórica

¿Podré estacionar mi vehículo histórico en Madrid?

Sí, pero no en superficie, aunque se dan diferentes casos. Y es la distinción que se hace entre el Distrito Centro y el resto del término municipal.

Mientras que en el Distrito Centro los vehículos con más de 50 años, sí podrán aparcar en superficie, los menores de 50, solo podrán hacerlo en un aparcamiento de uso público o privado o reserva de estacionamiento.

Por otro lado, en el resto del término municipal, no se podrá aparcar en superficie en ningún caso, solo en los aparcamientos de uso público o privado o reserva de estacionamiento.

vehículo histórico aparcado
A pesar de la excepción, no podremos ver clásicos aparcados en muchos lugares

¿Y si mi vehículo no tiene matrícula histórica?

Aquí de momento no hay buenas noticias. Y es que la dificultad para establecer la diferencia entre un vehículo histórico u otro que solo es un vehículo viejo, hacen que el criterio de la matrícula histórica prevalezca, y no parece que esto vaya a cambiar.

Sin embargo, sigue en el limbo, qué sucederá con los vehículos clásicos que no disponen de matrícula histórica de los residentes.

¿Y qué sucederá en las demás ciudades que preparan también su propia normativa?

Lamentablemente, por el momento no tenemos más noticias sobre esto. Pero la sombra de Madrid suele ser muy larga y es muy probable que su ejemplo se reproduzca en muchos lugares.

Sin embargo, no podemos olvidar que Barcelona ya instauró su propia ordenanza, en la que los históricos no reciben tan buen trato, y no reconoce la calificación de histórico. Así pues, nos encontramos actualmente con dos criterios diferentes en nuestro país.

Por un lado, Madrid que sigue el ejemplo europeo y reconoce la distinción. Y por otro, Barcelona, que va por libre y no lo hace. ¿Qué ejemplo seguirán el resto de capitales? Por el momento no lo sabemos. Pero desde el club, seguimos apoyando a la FEVA en sus negociaciones con los diferentes consistorios, para lograr esta distinción, y porque no, para hacer recapacitar al área metropolitana de Barcelona, y que esta también reconozca el valor de nuestros vehículos.

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